JUZGADO MUNICIPAL
I.- Conocer, calificar e
imponer las sanciones administrativas municipales, que procedan por faltas o
infracciones al Bando de Policía y Buen Gobierno, Reglamentos y demás
disposiciones de carácter general contenidas en los ordenamientos expedidos por
el Ayuntamiento, excepto los de carácter fiscal o las que por disposición
expresa corresponda a otra autoridad.
II.- Aplicar las sanciones
y conocer en primera instancia de las controversias que se susciten respecto de
las normas municipales relativas al orden público y a los conflictos vecinales
que no constituyan delito.
III.- Fungir como autoridad
investida de fe pública, con potestad jurisdiccional dentro de su competencia y
con facultades coercitivas y sancionadoras.
IV.- Fungir como amigable
componedor, conciliador o árbitro, a petición expresa de las partes
involucradas y en hechos que no sean considerados como delitos o competencia de
otras autoridades.
V.- Expedir, a petición de
parte, las certificaciones de los hechos que se realicen ante él.
VI.- Consignar ante las
autoridades competentes los hechos y a las personas que aparezcan involucradas,
en los casos en que haya indicios de que sean delictuosos.
VII.- Dirigir
administrativamente las labores del Juzgado.
VIII.- Solicitar el auxilio
de la fuerza pública cuando lo considere necesario.
IX.- Girar las boletas de
libertad correspondiente, cuando los infractores hayan pagado su multa o cuando
se haya compurgado en el centro de internamiento preventivo la sanción
impuesta.
X.- Dictar acuerdos de
radicación, tramites y dictar las resoluciones de los expedientes que conozca.
XI.- Las demás que le
confieran otras disposiciones aplicables o las que se acuerden por el
Ayuntamiento.
XII.- Rendir al Presidente
Municipal y a la Comisión Edilicia de Seguridad Pública y Protección Civil un
informe anual de labores y llevar la estadística de faltas cometidas al Bando
de Policía y Gobierno Municipal ocurridas en su jurisdicción, la incidencia,
frecuencia y los constantes hechos que influyen en su realización.
XIII.- El Juez Municipal
actuará las 24 horas del día incluyendo sábados, domingos y días festivos.
XIV.- El Juez Municipal
recabará los datos, informes y documentos sobre los asuntos de su competencia
para el mejor esclarecimiento de los casos sometidos a su jurisdicción.
XV.- El Juez Municipal
vigilará estrictamente que se respeten los Derechos Humanos y las Garantías
Constitucionales así como también impedirá todo maltrato o abuso, asimismo
cualquier tipo de coacción moral en agravio de las personas detenidas
presentadas o simplemente que comparezcan ante él.
XVI.- Todas aquellas que
por disposición expresa del Ayuntamiento o por delegación del titular de la
Administración Pública Municipal le sean conferidas.
Lo anteriormente descrito se resume en:
1.- Sancionar faltas
administrativas.
2.- Atender las
denuncias ciudadanas, proporcionándoles la ASESORIA JURIDICA correspondiente a
cada una de las situaciones que se presenten.
3.- Describir y llevar
a cabo los procedimientos que le competen a este Juzgado, de manera ordenada,
secuencial y detallada de acuerdo a las atribuciones establecidas en las leyes
y sus reglamentos.
4.- Aplicar los
reglamentos municipales y establecer las sanciones correspondientes a los
infractores de conformidad sin violentar los derechos de las personas
responsables.
5.- Estandarizar los
criterios de trabajo a seguir para la realización de las actividades de este
Juzgado.
6.- Turnar a las
Autoridades correspondientes las personas responsables de la posible comisión de
un delito, ya sea del Fuero Común (DELITOS SIMPLES) o del Fuero Federal
(DELITOS GRAVES).
7.- Buscar la
participación cívico-social de los ciudadanos.
8.- Ofrece información
a quien así lo solicite sobre el actuar del Juzgado Municipal.
TIPO DE SANCIONES A IMPONER
· AMONESTACIÓN: es la exhortación, pública o privada, que el Juez haga al infractor siendo esta de manera verbal o por escrito.
· MULTA:
es la cantidad de dinero que el infractor debe pagar a la Tesorería del
Ayuntamiento, la cual puede ser de 1 a 100 días de salario Mínimo vigente.
· ARRESTO: el cual no excederá de más de 36 horas (cuando la sanción sea arresto éste podrá ser conmutado por trabajo comunitario).
ACTIVIDADES:
1.-
Sancionar las faltas administrativas.
2.- Atender
las denuncias ciudadanas, proporcionando la asesoría jurídica correspondiente a
cada una de las situaciones que se presenten.
3.-
Describir y llevar a cabo los procedimientos que competen a este Juzgado, de
manera ordenada, secuencial y detallada de acuerdo a las atribuciones
establecidas en las leyes y sus reglamentos.
4.-
Aplicar los reglamentos municipales y establecer las sanciones correspondientes
a los infractores.
5.-
Estandarizar los criterios de trabajo a seguir para la buena realización del
trabajo dentro de este Juzgado municipal.
6.- Buscar la participación cívico-social de los ciudadanos.
SERVICIOS A LOS CIUDADANOS:
Dentro
del juzgado municipal se le otorga asesoría jurídica a los ciudadanos que así
lo requieren, ya que se atienden las denuncias ciudadanas, proporcionando la
asesoría correspondiente a cada una de las situaciones que se presenten.
La
asesoría se basa principalmente en sugerir a la ciudadanía a que Autoridades se
deberá acudir en cada caso en particular, ya sea, al Instituto de Justicia
Alternativa, al Ministerio Público, al DIF, a la Procuraduría Agraria,
contratar abogado particular si el caso así lo requiere.
DENTRO DE LOS ASUNTOS QUE HAN SIDO ATENDIDOS ESTAN:
Atentados al pudor, mordedura de perro, agresión
física, violencia intrafamiliar, agresión verbal, abandono de hogar, adeudo, alterar
el orden, daños a vehículo, desocupación de inmueble, faltas a la moral, entrega
de moto extraviada, alimentos, retiro de ganado, amenazas, moto en resguardo,
lesiones simples, daños a la ecología, pago de renta, daños a bicicleta, daños a lienzo, entrega de mueble, poda de ramas, vehículo recuperado, robo, lesiones simples, acoso sexual, drogarse en vía publica, aseo de casa, daños a motocicleta, pago de puercos, riña, daños a casa-habitación, pago de gallinas, falta de cuidado de menor, abuso de confianza, pago de vehículo, pago de trabajo realizado, daños a propiedad privada, daños a malla, invasión a propiedad privada devolución de dinero, entre otros.
COSTOS DE LOS
SERVICIOS:
Dentro
de las sanciones que se imponen dentro de este Juzgado municipal están:
La amonestación.- que es la exhortación,
pública o privada, que el Juez haga al infractor siendo esta de manera verbal o
por escrito.
La multa.- que es la cantidad de dinero que el infractor
debe pagar a la tesorería del ayuntamiento, por haber cometido alguna falta al
Bando de Policía y Buen Gobierno para San Martin de Hidalgo, Jalisco, ésta
puede ser de 1 a 100 días de salario mínimo vigente dentro del Estado.
El
Arresto.- que es la permanencia dentro de la celda, ubicada en las
instalaciones que ocupa la Comisaria de Seguridad Pública Municipal, la cual no
excederá de más de 36 horas.